Este es el tipo de contrato que expuso mi compañero Samuel Carrasco y Marina López, el viernes 4 de noviembre, me gustaría centrarme en los siguientes puntos de su explicación :
- Las horas extraordinarias y complementarias.
* Los trabajadores con este tipo de contrato no podrán realizar horas extras ya que estas serán horas
adicionales a las de la jornada completa.
* Las horas complementarias se realizaran para regular tanto la jornada como el salario de los
trabajadores.
* Estas horas no podrán exceder el 15% de las laborales o hasta el 60 % si es pactado en convenio
colectivo.
* No conllevaran ningún tipo de bonificación económica como es el caso de las extraordinarias.
- Bajas.
* Son como las de jornada completa por enfermedad, maternidad, extinción del contrato...
* Para averiguar el salario correspondiente a una baja por enfermedad se deberá tomar la suma de las
bases de cotización de los tres últimos meses trabajados dividida por el número de días trabajados de
forma efectiva.
* En caso de embarazo será dividiendo los últimos doce meses entre 365.
* Si es por extinción del contrato y éste ha tenido una duración superior a un año, se debe comunicar al
trabajador con un preaviso de al menos 15 días. Si se ha superado el tiempo de duración del contrato y
no se informa al trabajador, se entenderá que queda prorrogado automáticamente y por tiempo
indefinido.
- Accidentes laborales.
* Lesiones que un trabajador sufra en alguna ocasión i por consecuencia del trabajo que ejecute.
* Las bases reguladoras diarias por incapacidad temporal serán el resultado de dividir la suma de las
bases de cotización acreditadas en la empresa durante los 3 meses anteriores a la fecha del hecho
causante entre el número de días efectivamente trabajados y cotizados en dicho periodo. Esto se
efectuará en cada día de ausencia como si hubiese trabajado oficialmente.
* En caso de pensiones por jubilación, incapacidad permanente o defunción se aplicará las normas
establecidas con carácter general para la determinación de la cuantía de las pensiones.
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